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Funciones

Bajo la coordinación y control de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma, la Federación Aragonesa de Caza ejerce por delegación las siguientes funciones públicas:

a) Promover el deporte masculino y femenino en el ámbito autonómico aragonés, en coordinación con las federaciones deportivas españolas.

b) Promocionar el deporte en las categorías de edad escolar.

c) Otorgar la calificación de las actividades y competiciones deportivas de carácter oficial en el ámbito aragonés, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 15.5 y 16.2 de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón respecto a las competiciones en edad escolar y universitarias, cuando su ámbito exceda el de la universidad. La relación de actividades y competiciones calificadas como oficiales deberá ser comunicada a la dirección general competente en materia de deporte en el plazo de quince días desde su aprobación por el órgano supremo de gobierno.

d) Colaborar en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal e internacional que se celebren en el territorio aragonés.

e) Organizar, tutelar o colaborar en el desarrollo de actividades y competiciones deportivas oficiales.

f) Ejercer la potestad disciplinaria deportiva en los términos establecidos en la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón y en sus disposiciones de desarrollo, así como en sus propios estatutos y reglamentos.

g) Establecer el régimen de emisión de licencias y condiciones de las mismas, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

h) Representar a la Comunidad Autónoma de Aragón en las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter nacional.

i) Contribuir a la prevención, control y represión del uso de sustancias prohibidas y métodos no reglamentarios en la práctica del deporte.

j) Velar por el cumplimiento de las normas relativas a la lucha contra la violencia, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación por condición o circunstancia personal, social, de género o de identidad sexual.

k) Velar por el cumplimiento de las normas estatutarias y reglamentarias de carácter deportivo en el ámbito aragonés.

l) Preparar y ejecutar o vigilar el desarrollo de los planes de formación de deportistas en las correspondientes modalidades deportivas, colaborando en la creación y gestión de los centros de especialización y tecnificación deportiva y los centros de tecnificación deportiva.
m) Cualquier otra que reglamentariamente se determine.

Además, la Federación Aragonesa de Caza realiza las funciones propias de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación como entidad deportiva privada que son:

a) Gravar y enajenar sus bienes muebles, salvo los que le sean adscritos por las Administraciones públicas, siempre que con ello no se comprometa de modo irreversible el patrimonio federativo.

b) Emitir títulos representativos de deuda o, de parte alícuota patrimonial.

c) Ejercer actividades de carácter industrial, comercial y profesional o de servicios, siempre que los posibles beneficios sean destinados al cumplimiento de su objeto social. En ningún caso podrán repartirse directa o indirectamente los posibles beneficios entre los integrantes de la Federación.

d) Comprometer gastos de carácter plurianual, salvo que la naturaleza del gasto o porcentaje del mismo sobre su presupuesto vulnere las determinaciones que se establezcan por la Dirección General competente en materia de Deporte de la Autónoma de Aragón.

e) Tomar dinero a préstamo, siempre que no supere las cuantías autorizadas por la Dirección General competente en materia de Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón.

f) Redactar e implantar los Reglamentos Técnicos Deportivos, con sujeción a las Normas Legales vigentes por los que han de regirse las distintas Competiciones que se creen por la Federación Española de Caza y se celebren en esta Comunidad Autónoma.

g) Otorgar títulos de aptitud respecto de las pruebas deportivas mencionadas en el apartado anterior y expedir las oportunas certificaciones en materia de su competencia. Así como las establecidas para el examen del cazador, para obtener la licencia o carné de caza.

h) Resolver cuantas cuestiones sean de su competencia y se sometan a su consideración, emitiendo dictámenes e informes a solicitud de otras entidades, centros u organismos.

i) Representar a sus miembros y afiliados ante centros y organismos oficiales relacionados con el deporte de la caza, así como proponer a dichos Organismos las medidas convenientes para la conservación de las especies silvestres y para la defensa de los legítimos intereses de los cazadores.

j) Fomentar la educación y formación de los cazadores, la difusión de la deportividad y la actividad cinegética y normas que la regulan, contribuyendo al incremento de la fauna flora autóctona ya la prevención y represión de la caza furtiva.

k) Fomentar, ordenar, tutelar e inspeccionar las actividades deportivas cinegéticas en Aragón, así como organizar y/o controlar el desenvolvimiento deportivo de Sociedades de Cazadores y afiliados.

l) Fomentar y colaborar en la creación de sociedades o asociaciones, clubes y agrupaciones deportivas de Caza o que con ella se relacionen como medio más eficaz para lograr el mejor desenvolvimiento de su actividad, dictando al efecto las normas a que debe ajustarse.

m) Asesorar a toda clase de Entidades públicas o privadas en materia cinegética.

n) Promover cuantas acciones considere convenientes para la defensa tanto de la
Caza como de los legítimos intereses de los cazadores y de las sociedades federadas.

o) Desarrollar iniciativas en el campo de la ecología, en orden a la defensa del medio
ambiente natural.

Normativa aplicable

• Ley 16/2018, de 4 de diciembre, de la actividad física y el deporte de Aragón.

• Decreto 181/1994, de 8 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las Federaciones Deportivas Aragonesas.

• Decreto 135/1996, de 11 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 181/ 1994, de 8 de agosto, por el que se regulan las Federaciones Deportivas Aragonesas.

• Decreto 102/1993, de 7 de septiembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el Registro General de Asociaciones deportivas de Aragón.

• Orden ECD/15/2016, de 19 de enero, por la que se regulan las convocatorias de elecciones a miembros de las Asambleas Generales y Presidentes de las Federaciones Deportivas Aragonesas.

• Texto Refundido de los Estatutos de la Federación Aragonesa de Caza (B.O.A. n.º 223 de fecha 29 de octubre de 2021)

• Reglamento de Régimen Disciplinario (B.O.A. n.º 235 de fecha 4 de diciembre de 2015)

• Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

• Ley 49/2002 de 23 de diciembre de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Estructura organizativa

PRESIDENTE: MIGUEL ÁNGEL GIRÓN PÉREZ
VICEPRESIDENTE: ÁNGEL NUÑO LAFUENTE
DELEGADO ZARAGOZA: ÁNGEL NUÑO LAFUENTE
DELEGADO HUESCA: MIGUEL ÁNGEL CLAVER MALLÉN
DELEGADO TERUEL: MANUEL BELTRÁN MARCO
SECRETARIO - INTERVENTOR: JAVIER BADÍA MÉNDIZ
ADJUNTO DELEGADO ZARAGOZA: DANIEL SIPIERA PIAZUELO
ADJUNTO DELEGADO HUESCA: JAVIER CARRUESCO PARDINA
ADJUNTO DELEGADO TERUEL: RAQUEL HERNÁNDEZ ALONSO
ADJUNTO RELACIONES INSTITUCIONALES: ÁNGEL BERZOSA ROMERO
DELEGADO COMPETICIONES: ÁLEX LABORDA DEL ARCO
DELEGADA AGILITY: RAQUEL FRAGO LAGUNAS

Sedes, horarios y contacto

Zaragoza

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50007-ZARAGOZA

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